JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 25 de MARZO de 2011.

200º y 152º

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO celebrado en fecha 22de marzo de 2011, entre los ciudadanos: DANGRY AGRIPINA QUIROZ VILLARREAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-16.981.069 y ANGELO ENRIQUE SOTO RICO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-15.989.134; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese Boleta.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la(s) _____________, quedó registrada bajo el N° _________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libro Boleta de Notificación al Fiscal XIII del Ministerio Público.

Abg. Maurima Molina C. / Secretaria

Exp. Nº 2053/2011
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Va sin enmienda.