JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, treinta y uno (31) de marzo de 2011.

AÑOS: 200° y 152°
Vista la transacción celebrada en fecha 29 de marzo del presente año, entre la parte demandante, ciudadano ARTURO GALVIS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.501.272, a través de su apoderado judicial, abogado RAUL ESTRADA CAMACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.835, y la parte demandada, ASOCIACION COOPERATIVA DE SERVICIOS “EL CARRALEÑO 11 R.L.”, de este domicilio, inscrita en el Registro Inmobiliario del Cuarto Circuito del Cuarto Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, en fecha 26/05/2004, bajo la matricula 2004-LRC-T07-09, representada por su presidente, ciudadano JOSÉ SANTIAGO TORRES QUINTANA, y su tesorero, ciudadano HECTOR MORENO SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.132.604 y V-14.264.076, respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio JESÚS ARMANDO COLMENARES JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.235.534 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418; este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal. Así mismo se acuerda expedir dos copias certificadas del escrito de transacción y la presente homologación para hacer entrega a las partes.



ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL


ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), quedando registrada bajo el N° 2.276; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Frank V.
Expediente N° 12.709-10