REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 22 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-001491
ASUNTO : SP11-P-2011-001491

Visto el escrito presentado por el abogado JUAN ALEXIS SANCHEZ, Fiscal Vigésimo Auxiliar Sexto del Ministerio Público, quien solicitan el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano JOSCAR ALEXIS SANDOVAL MENDOZA de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.959.313, en contra de B.N.C.R (SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY), de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

En fecha 21 de Septiembre del año 2.010, según denuncia interpuesta por el ciudadano CACERES RODRIGUEZ LUIS BELTRAN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y criminalísticas de Rubio, Municipio Junín del estado Táchira, en la que manifiesta que su menor hija de nombre B.N.C.R (SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY), en horas de la madrugada del día 18/09/2010, salió de su casa tomo un taxi y se marcho no regresando a dormir, sospechando que se fue con su novio.

En el curso de la investigación se practicaron las siguientes diligencias, tendentes al esclarecimiento de los hechos:

1. Denuncia de fecha 21/09/2010, interpuesta por el ciudadano CACERES RODRIGUEZ LUIS BELTRAN, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y criminalísticas de Rubio, Estado Táchira.
2. Acta de Investigación Penal de fecha 21/09/2010, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y criminalísticas de Rubio, Estado Táchira.
3. Acta de Investigación penal de fecha 21/08/2010 suscrita por funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas de Rubio, Estado Táchira

Analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que no constan actuaciones que permitan establecer que estamos frente a la comisión de un hecho punible, por lo que, los hechos contenidos en esta causa no son típicos, ya que los mismos no pueden encuadrarse en alguna de las figuras señaladas en el Código Penal o en la Leyes Penales Especiales como Delitos, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:

POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No 1, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano JOSCAR ALEXIS SANDOVAL MENDOZA de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.959.313, en perjuicio de B.N.C.R (SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY), de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.






ABG. JERSON QUIROZ RAMÍREZ
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG. NEYDA A. TUBIÑEZ CONTRERAS
SECRETARIA




Asunto SP11-P-2011-001491. JQR.