En el día de hoy miércoles, veintinueve (29) de Junio de dos mil once, siendo las diez de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente doscientos metros se constituyó a las 10:10 p.m. en el inmueble ubicado en la calle 2 N° 10-27 de la población de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 01 de abril de 2011, que guarda relación con el Expediente N° 1398-2011, juicio seguido por el Abogado Johan Miguel Sánchez Montilla, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil “Distribuidora La Integral C.A.” contra el ciudadano Alvinsson Omar Guerrero Contreras, por Cobro de Bolívares Vía Intimación; en la misma se decretó Medida Preventiva de Embargo sobre bienes propiedad del demandado hasta cubrir la cantidad de Bs. 46.867,50 y si recae sobre cantidad líquida de dinero deberá hacerse hasta cubrir la cantidad de 26.037,50. Está presente la parte actora, Abogado: Johan Miguel Sánchez Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.504.316, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 63745, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil “Distribuidora La Integral C.A.”. Al llegar al lugar donde se constituyó el Tribunal se entrevistó con la ciudadana Deiny Mayerlin Bello Guerrero, venezolana, mayor de edad, quien manifestó ser sobrina del demandado e informó que el mismo había mudado el negocio mas debajo de la Guardería “El osito frontino” ubicada en el sector Las Piedritas de la ciudad de La Grita, razón por la cual el abogado actor solicitó trasladar ahora el Tribunal hasta el lugar indicado y así se aceptó. Una vez en el sector se verificó que el demandado había alquilado el garaje signado con el número A-710, pero el mismo se encontraba cerrado y con candado. El demandante solicitó el derecho de palabra y pidió al tribunal suspender la práctica medida por un lapso de tres horas a los fines de ubicar al demandado y así fue acordado por la ciudadana Juez; en consecuencia el Tribunal regresó a la sede siendo las once de la mañana. Vencido el lapso solicitado por el demandante hizo nuevamente en la sede acto de presencia el abogado Johan Miguel Sánchez Montilla y expuso: Solicito a la ciudadana Juez suspender la práctica de la medida hasta que solicite un nuevo traslado, toda vez que el demandado me manifestó que aguarde 15 días en espera de conseguir el dinero que le adeuda a mi poderdante, ruego se mantenga la comisión en la sede del ejecutor, es todo. El Tribunal visto pedimento de la parte actora suspende la práctica de la medida y acuerda mantener las actuaciones en la sede hasta que se solicite un nuevo traslado, apercibido el demandante que si vencidos tres meses de esta fecha no consta en autos actuación alguna, se devolverá al comitente en el estado en que se encuentre. Se deja constancia que el funcionario policial: Distinguido placa 3230 Valbuena José, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.142.775, acompañó al personal del Tribunal durante el acto y se le dio permiso para retirarse a las doce del mediodía. El Secretario da lectura a la presente acta y hace constar que no hay objeciones contra la misma. El presente acto no generó emolumentos, dádivas, colaboraciones, aranceles o retribuciones a favor del Tribunal puesto que las actuaciones aquí realizadas son totalmente gratuitas. Se dio por concluido el acto a las dos y quince de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,

Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón
El Apoderado actor,

Abog. Johan Miguel Sánchez Montilla
El Secretario,

Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras