REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ALFREDO COLMENARES HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-13.562.280, asistido por la abogada ANGELICA MENDOZA, inscrita en el IPSA Nº 79.753, mediante el cual solicito el reconocimiento de documento privado suscrito con el ciudadano FREDDY DANIEL CAMPEROS BAUTISTA.
Admitida la misma por auto de fecha 29 de abril de 2011, se acordó la citación del vendedor ciudadano FREDDY DANIEL CAMPEROS BAUTISTA, compareciendo en fecha 15 de junio de 2011, RECONOCIENDO como cierto el contenido y firma del documento, de conformidad con el articulo 1364 del Código Civil.
En consecuencia, este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LEGALMENTE RECONOCIDO el documento privado de fecha 06 de octubre de 2010, suscrito por los ciudadanos FREDDY DANIEL CAMPEROS BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.492.082, vendedor y ALFREDO COLMENARES HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-13.562.280, comprador de un vehiculo marca CHEVROLET, modelo CORSA, clase AUTOMOVIL, tipo COUPE, serial motor 41V314866, serial carrocería 8Z1SC21Z41V314866, año 2001, color AZUL, uso PARTICULAR, placas BAD28G, por el precio de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,oo).
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de Santa Ana a los 20 días del mes de JUNIO de 2011.

JUEZ PROVISORIA


Abg. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. MIRIAN CAROLINA MARTÍNEZ QUINTERO.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo la dos y treinta y cinco minutos de la tarde (02:35 p.m.) del día de hoy.

Reda/ carolina.-