REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
PARTE SOLICITANTE: ANDRY ZULAY ZARRA GUERRERO y DANDRY LEONARDO OMAÑA GAÑAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.242.661 y V-12.817.184, respectivamente, asistidos por la abogada NERZA YARELYS CARVAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.150.
MOTIVO: CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO.-
EXPEDIENTE: Nº D-6802-2010.-
Por auto de fecha 25 de Mayo de 2010, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por los ciudadanos ANDRY ZULAY ZARRA GUERRERO y DANDRY LEONARDO OMAÑA GAÑAN.
Por auto de fecha 16 de junio de 2010, este Tribunal admitió a la solicitud hecha por los ciudadanos ANDRY ZULAY ZARRA GUERRERO y DANDRY LEONARDO OMAÑA GAÑAN, en el que solicitan la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, la cual fue decretada en la forma por ellos convenida y de acuerdo a las previsiones establecidas en el Código Civil.
En fecha 17 de junio del 2011, compareció nuevamente por ante este Tribunal el ciudadano DANDRY LEONARDO OMAÑA GAÑAN, asistido por la abogada en ejercicio Milena Emperatriz Suárez Santamaría, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 143.7241, identificados en autos, y solicitaron la Conversión en Divorcio, por cuanto no hubo reconciliación entre ellos.
En fecha 17 de junio del 2011, compareció nuevamente por ante este Tribunal la ciudadana ANDRY ZULAY ZARRA GUERRERO, asistido por la abogada en ejercicio Nerza Yarelys Carvajal, identificada en autos, y solicitaron la Conversión en Divorcio, por cuanto no hubo reconciliación entre ellos.
Entrándose el Tribunal en término para decidir al efecto se observa que efectivamente a transcurrido más de un año desde que se Decretó la Separación de Cuerpos y de Bienes y no se encuentra en autos ningún elemento del cual pueda inferirse haya operado la reconciliación entre los cónyuges, por lo que la presente solicitud de Conversión en Divorcio debe prosperar en derecho. Y ASÍ SE DECIDE.
TREINTA Y SIETE (37)

En base a lo anteriormente expuesto, este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES DE LOS CIUDADANOS ANDRY ZULAY ZARRA GUERRERO y DANDRY LEONARDO OMAÑA GAÑAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.242.661 y V-12.817.184, respectivamente, respectivamente. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 21 de abril de 2007, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 80.-
Liquídese la sociedad conyugal si hubiere lugar a ello.
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se ordena que la presente sentencia sea insertada íntegramente en los libros del Registro Civil correspondiente y al Registro Principal del Estado Táchira, a donde se acuerda remitir copia certificada de la misma a los fines de que se le coloque la nota marginal correspondiente en la referida acta de matrimonio.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo.
Publíquese, Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Líbrese oficios.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil once. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
EL Juez temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se registró la anterior decisión, se dejó copia bajo el N° 364y se libraron oficios Nros.797-798
Emily.-