JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 21 de junio de 2011.


Visto la diligencia de fecha, suscrita por el abogado RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.686, apoderado de la ciudadana YENNY CLIMAR PERNIA HERNADEZ venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 16.259.122, parte demandante en la presente causa, contentiva del DESISTIMIENTO que hace del presente procedimiento; en tal virtud la ciudadana Juez de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil DA POR CONSUMADO EL ACTO, atribuciones

Así mismo, se levante la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble propiedad de la demandada, En consecuencia, SE LEVANTA la medida antes indicada, líbrese oficio al Registro Inmobiliario del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, notificando el levantamiento de la medida antes referida.




Abg. Diana Beatriz Carrero Quintero
Juez Temporal



Abg. Jesus Alejandro Méndez Pineda
Secretario


En la misma fecha se libró oficio N° 567, al organismo antes mencionado, conforme a lo ordenado en el auto anterior.




Abg. Jesus Alejandro Méndez Pineda
Secretario



Exp. Nº 7421
Tapias F.-