REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL, 11 de julio de 2011.

201º y 152º

Vista la diligencia que antecede de fecha 06 de julio de 2011, suscrita por el abogado RAFAEL EUGENIO CARRERO GALAVIZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, donde renuncia al Recurso de Apelación ejercido en fecha 03 de junio de 2011 (fl.21), contra la sentencia interlocutoria dictada el 23 de marzo de 2011 (fl.3-10 Pieza II), el cual fue oído en un solo efecto devolutivo y por cuanto a la fecha no se ha indicado las copias para remitirlas al superior; este Tribunal, en virtud del principio dispositivo contenido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil que rige la materia procesal el cual contiene que a las partes les corresponde intentar los recursos que la Ley les concede contra las resoluciones que los perjudique y por cuanto este principio implica el que no se puede obligar a las partes a intentar y proseguir una acción o recurso contra su voluntad, por cuanto la presente demanda no es materia de orden público y desistido como ha sido el recurso de apelación interpuesto, este Juzgado con vista a la Renuncia por parte del demandado del Recurso ejercido, deja sin efecto el auto de fecha 08 de junio de 2011 (fl.22) que oye la apelación en un solo efecto devolutivo. Continúese la causa en el estado y grado en que se encuentra. Déjese copia de este auto para el archivo del Tribunal.



Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria


JMCZ/ebs
Exp.17546