REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151
°
SUNTO Nº SP01-L-2010-000018

PARTE ACTORA: RAMON GERARDO RAMIREZ NOGUERA, identificado con la cédula Nro. V-5.683.230

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, inscrito en el I.p.s.A. bajo el nro.11.036 y RENZO BENAVIDES LIZARAZO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.48.448.

PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN CRISTOBAL

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA TERESA HEREIRA GANDICA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.90.902.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, 22 de febrero de 2011, a las 10:00 de la
mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo presente la parte actora, el ciudadano RAMON GERARDO RAMIREZ NOGUERA, identificado con la cédula Nro. V-5.683.230, asistido por el abogado JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.036 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada ADRIANA TERESA HEREIRA GANDICA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.90.902., quien presentó autorización para transigir en la presente causa, constante de 01 folio útil que consigna en este acto. Seguidamente la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.13.587,40), pagaderos el día 29 de abril de 2011, a las 9:00 de la mañana, en la sede del Tribunal. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tienen nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Seguidamente el Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, La Parte Demandada,





La Secretaria,