REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°

ASUNTO Nº SP01-L-2010-000960

PARTE DEMANDANTE: JOSE ANTONIO COLMENARES , identificado con la cédula Nro. V-10.149.265.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: OLGA KARINA SANCHEZ inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.136.920.

PARTE DEMANDADA: ELISEO ANTONIO ZAMBRANO CASTRO, identificado con la cédula Nro.V-14.264.705.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL GERARDO GRAZIA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.59.580.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, (18) de febrero de 2011, siendo las 10:00 de la
mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora ciudadano JOSE ANTONIO COLMENARES , identificado con la cédula Nro. V-10.149.265., asistido por la abogada OLGA KARINA SANCHEZ inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.136.920, por la parte demandada se hizo presente el ciudadano ELISEO ANTONIO ZAMBRANO CASTRO, identificado con la cédula Nro.V-14.264.705, quien se presenta por sí mismo y como representante de la codemandada CALZADOS THAIZ S.R.L., asistido por los abogados MANUEL GERARDO GRAZIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.59.580 y GLORIA DIAZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.71.668, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada en aplicación de la Ley Orgánica del Trabajo y de los anticipos ya efectuados al demandante, ofrece a la parte actora la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.6.254,93) pagaderos el día 25 de febrero de 2011, en la sede del Tribunal a las 9:00 de la mañana. Por su lado la parte demandada acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,






La Secretaria,