Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos ÚNICO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: ANA ELDA SEGURA VILLAMIZAR, de nacionalidad venezolana, sin más datos de identificación, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, vigente para la fecha del hecho, vigente para la fecha del hecho, en el cual resultó como víctima: JOSÉ DAVID GONZALEZ MARQUEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad, N° 9.464.972; solicitud que se fundamenta en lo previsto por el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.