Se dictó decisión en los siguientes términos: ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del ciudadano acusado TEOFILO CALDERON, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376 parte in fine del Código Penal y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 48 numeral 7 y 318 numeral 3 eiusdem, en virtud de haberse cumplido el plazo y las condiciones impuestas durante el Régimen de Prueba como consecuencia de la Suspensión Condicional del Proceso decretada en fecha 16-07-2009.