Se dictó decisión en el presente asunto :1.- ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del acusado: RAFAEL LOPEZ LOPEZ, LUZ PIEDAD ARGEL QUIÑONEZ, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, 2. ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS por el Representante del Ministerio Publico, 3.- DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. 4.- SE FIJA a los acusados COMO PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBA EL DE UN (01) AÑO, que empezará a contabilizarse a partir del día de hoy, 07 de febrero de 2011, hasta el 07 de febrero de 2012; debiendo los acusados cumplir con las siguientes condiciones: 1.- Presentarse una vez cada noventa (90) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 2.-No salir del país sin autorización del tribunal 3.- Presentarse a la audiencia de verificación de condiciones para el día 07 de febrero de 2012.