En el día de hoy lunes veintiocho (28) de febrero de dos mil once, siendo las 2:00 de la tarde, se trasladó y luego de recorrer aproximadamente 2 kilómetros se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el sector El Surural, casa N° 1-140, jurisdicción del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Comisión de Inspección Ocular ordenada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 08 de febrero de 2011, que guarda relación con la Solicitud N° 1594, gestionada por la ciudadana acá presente: Ligia del Carmen Contreras de Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-15.862.085, asistida por el abogado en ejercicio: Eduardo Benjamín Pérez Rivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-6.858.739, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 48.306. Se notificó de la presencia del Tribunal y de su objeto a la ciudadana: Lourdes Ramona Contreras de Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.331.456, se le informó el derecho en el que está de hacerse asistir de algún abogado de su confianza o se comunique con alguna persona que tenga interés en las resultas de esta comisión y éste por sí o por medio de apoderados haga acto de presencia. Acto seguido se nombró como experto fotográfico al ciudadano: Gustavo Adolfo Medina Hurtado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.621.675 y como experta en construcción civil a la ciudadana: Ana Elizabeth Ramírez Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.862.929, de profesión arquitecto, inscrita en el CIV bajo el N° 183.373, quienes impuestos de sus deberes y derechos aceptaron el nombramiento y prestaron el juramento de ley. En este estado pidió el derecho de palabra la solicitante y lo quiere hacer a través de su abogado asistente y en uso del mismo expone: Pido a la ciudadana Juez proceda a pronunciarse sobre los particulares a que se refieren los numerales del escrito de solicitud que rielan a los folios uno y dos del expediente. Al PRIMERO: El Tribunal deja constancia con la asesoría de la experta designada que luego de hacer un bosquejo con la información contenida en los documentos consignados a la solicitud que las mejoras mencionadas se encuentran construidas en los dos lotes de terrenos adquiridos según el documento descrito como Segunda Compra en el texto de la solicitud. Al SEGUNDO: El Tribunal con el asesoramiento de la experta en construcción hace constar que la construcción es de paredes de bloque quemado con pórtico de concreto armado, techos de zinc, y estructura metálica construida sobre un muro de bloque relleno de aproximadamente 1,50 m de alto, sin frisar. A juzgar por el estado de corrosión y deterioro se evidencia que la construcción es antigua. La distribución vista desde el exterior y a través de ventanas de romanilla y puertas metálicas abiertas en ese momento es: es sala, comedor-cocina, baño, tres habitaciones, un solar con un cobertizo en la parte posterior de la vivienda. Al inmueble se accede por dos pasillos, uno que da salida a la vía principal de la Urbanización Colinas de Bello Monte y la otra por la vía principal de El Surural. La propiedad es atravesada por un callejón de agua embaulado, es todo. Al TERCERO: El Tribunal deja constancia que en la entrevista sostenida con la notificada y habitante del inmueble, la misma manifestó tener como inquilina bajo contrato verbal a la ciudadana Benilde Contreras, es todo. Al CUARTO: El tribunal deja constancia que la notificada no permitió el paso del personal al interior del inmueble a los fines de realizar las mediciones internas, razón por la cual de las medidas del perímetro exterior se calcula un área aproximada de setenta metros cuadrados (70 m2), es todo. Al QUINTO: El Tribunal deja constancia que al no permitirse el acceso a la parte interior del inmueble no se puede describir detalladamente el tipo de mobiliario ubicado en el mismo, es todo. Al SEXTO: El Tribunal con ayuda de la experta ratifica lo explanado en el numeral primero, haciendo constar que las mejoras se encuentran en mal estado de conservación debido al deterioro propio ocasionado por la corrosión y moho producto de la falta de friso y protector impermeable de la estructura, es todo. Al SEPTIMO: El Tribunal deja constancia que la parte principal del inmueble donde están construidas las mejoras son usadas como casa de habitación y en la puerta de acceso por la vía de El Surural la notificada tiene u n puesto de venta de caramelos y alquiler de teléfonos, es todo. Al OCTAVO: El Tribunal deja constancia que no se observan puntos de acometida de línea telefónica y según lo afirmado por la notificada No hay Línea telefónica en el inmueble, es todo. A los fines de documentar gráficamente lo evidenciado en esta inspección ocular se le concede al experto fotográfico un plazo de 72 horas a los fines de la consignación de las impresiones gráficas. No habiendo más puntos sobre el cual pronunciarse el Tribunal da por cumplida la comisión. El secretario da lectura al acta y deja constancia que la presente inspección no genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal por las actuaciones aquí realizadas por eso fue totalmente gratuita. El acto culminó a las 3:25 p.m. Es todo, terminó, se leyó y se firmó en señal de conformidad, no haciéndolo la notificada que se negó a hacerlo.
La Juez,

Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón.-
La Solicitante,

Ligia del Carmen Contreras de Contreras
El Abogado asistente de la solicitante,

Eduardo Benjamín Pérez Rivas.-
La Notificada,
SE NEGO A FIRMAR
Lourdes Ramona Contreras de Contreras.-
El Experto Fotográfico,

Gustavo Adolfo Medina Hurtado
La Experta en Construcción Civil,

Arq. Ana Elizabeth Ramírez Contreras.
El Secretario,

Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.-