REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 5 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-003072
ASUNTO : SP11-P-2010-003072

Visto el escrito presentado por el Abg. IOHANN CALDERON, Fiscal 8 del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputado PERSONAS POR IDENTIFICAR, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, EN PERJUICIO DE MOISES VERA QUINTERO de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

En fecha 02-10-2001, ocurrieron los hechos en virtud de la denuncia interpuesta por el ciudadano Moisés Vera Quintero ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Seccional Rubio. Como consecuencia de la denuncia se dio inicio a la presente investigación

Corre agregado las siguientes diligencias:
• Denuncia común
• Acta de investigación penal
• Inspección Ocular

Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos Contra la Propiedad, Robo Agravado, pero no se le puede atribuir el hecho punible a un sujeto ya que según la denuncia suscrita por el ciudadano Moises Vera Quintero, personas desconocidas encañonaron a su hijo y lo introdujeron en su casa preguntándole donde esta la plata,, por tal motivo a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer el grado de participación y la identidad de determinada persona en los hechos antes narrados, el Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 ejusdem y así se decide:

Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Extensión San Antonio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta UNICO el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, EN PERJUICIO DE MOISES VERA QUINTERO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.



EL JUEZ TEMPORAL TERCERO DE CONTROL



ABG FERNANDO FRANCISCO LAVIANA MEDINA


SECRETARIA