REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 19 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-000040
ASUNTO : SP11-P-2011-000040

Visto el escrito presentado por el Abg. HENRY ALEXANDER FLORES, Fiscal 25 del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de LUIS ENRIQUE VILLABONA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
HECHOS
En fecha 09 de Septiembre del 2009 ocurrieron en virtud de las actas suscritas por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. Como consecuencia de las actas se dio inicio a la presente investigación

Corre agregada las siguientes diligencias:
• Acta de Investigación penal
• Orden de inicio a la investigación
• Experticia grafo técnica 866 de fecha 23-09-2010
• Experticia de Seriales 938
• Entrevistas
• Acta de Entrega de Vehiculo

Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que el hecho objeto de estudio no reviste carácter penal, toda vez que la compra del vehiculo ya había sido entregado a su legitimo propietario por parte de la Fiscalia Tercera del Ministerio Público y al no haber sido actualizado el status en sistema, dicho vehículo fue retenido nuevamente, constatando tal situación y en consecuencia siendo librado el oficio respectivo para la actualización ante el SIIPOL, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:
POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY UNICO: decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de LUIS ENRIQUE VILLABONA de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.

ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. MARIFE JURADO
SECRETARIA