REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: 1: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano JHOAN HANDRY MONTOYA CAMACHO. 2: SE ORDENA LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL. 3: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LA LIBERTAD debiendo el imputado cumplir con las siguientes condiciones: 1) Presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial. 2) Prohibición de salida del país y 3) La obligación someterse a todos los actos del proceso. 4: SE DECRETAN MEDIDAS DE PROTECCION a favor de la ciudadana BELLALI MONTOYA CAMACHO, de las previstas en el artículo 92 numeral 1 y 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.