REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: PRIMERO: Ordena la destrucción de la sustancia incautada en la presente causa, autorizando al Ministerio Público para realizar este procedimiento; todo de conformidad con el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Ofíciese al Ministerio Público informando de la presente autorización, anexándose además copia certificada del dictamen pericial que contiene la especificación de la sustancia del cual se solicita la destrucción.