Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: 1: SE ADMITE LA ACUSACIÓN presentada contra DANIEL ALEJANDRO GONZALEZ GONZÁLEZ en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO 2: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas 3: SE APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO, celebrado entre el acusado DANIEL ALEJANDRO GONZALEZ GONZÁLEZ, y la victima DORALBA GALAVIS RINCÓN 4: SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el numeral 6° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano DANIEL ALEJANDRO GONZALEZ GONZÁLEZ, por la comisión del delito atribuido; de conformidad con el numeral 3, del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Remítase al Archivo judicial. Expídase la correspondiente Boleta de Libertad.