REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: 1) CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano: JAIRO ALBERTO SUAREZ QUINTERO,; por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal .2) Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, 3)SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en favor del ciudadano: JAIRO ALBERTO SUAREZ QUINTERO, plenamente identificado en autos, en la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Presentarse una vez cada (45) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial ,2) prohibición de salir del país y 3) Asistir a todos los actos del proceso.