Se dictó decisión en el presente asunto, en los siguientes términos: PUNTO PREVIO: Se revisa y se amplia al acusado la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad, dictada en fecha 16 de abril de 2010 ampliando el régimen de presentaciones de una vez cada 15 días a una vez cada 30 días. 1: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada a RAMÓN EDINSON BOTELLO CARRILLO por la comisión del delito de CONTRABANDO. 2: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS ofrecidas por el Ministerio Publico. 3: SE CONDENA al acusado a cumplir la pena de 02 AÑOS Y 08 MESES DE PRISIÓN de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal por el delito atribuido y a las accesorias de ley. 4: Se exoneras el pago de las costas procesales . Regístrese, remítase al ejecutor y a la División de Antecedentes Penales.