REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, martes veinticinco de enero de dos mil once, siendo las 09:50 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio ALEXANDER ALVAREZ CARVALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.391 quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil Inversora Participar, S.A., representada por el ciudadano: MELVIN ROLANDO DIAZ TORREALBA, Titular de la C.I. N° 5.918.160, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N°5-106, ubicado en la Avenida Lucio Oquendo frente al Hospital Central de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada, ciudadanos: OMAR ENRIQUE GÓMEZ MORA, Titular de la C.I. N° V-13.972.595 en su carácter de deudor principal; y ANA DOLID ZAMBRANO DE PINEDA Y LANCASTER PINEDA CRVAJAL, Titulares de las C.I. N°s V-4.111.731 y V-3.430.372 respectivamente en su carácter de fiadores solidarios, medida esta decretada, en el JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES-VÍA EJECUTIVA se sigue en el expediente Nº 8227 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente la ciudadana: THAMARA CAROLINA QUIROZ RIOS, titular de la C.I. N°V-13.506.020 la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con la parte demandada o sus apoderados judiciales, a los fines de que ejerzan el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal designa como Perito Avaluador al ciudadano: Jaime Antonio Naranjo, Titular de la C.I. V-3.996.036 y como Depositario Judicial al ciudadano: José Alexis D´Yongh Sosa, Titular de la C.I. N° V-12.771.418, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder protocolizado por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 11 de diciembre de 2009 inserto bajo el N° 49, folios 205, Tomo 45; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. En este estado siendo las 10:30 a.m. se hizo presente la ciudadana Ana Doli Zambrano de Pineda, titular de la C.I. N° V-4-111-731 en su carácter de co-demandada, la Jueza la Notificó del presente acto, quien está asistida por el abogado en ejercicio Jorge Utrera Serrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.586. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado siendo las 12:00 meridium se hizo presente el ciudadano: Omar Enrique Gómez Mora, titular de la C.I. N° V-13.972.595 en su condición de co-demandado la Jueza lo notificó del presente acto, quien se hizo asistir por el abogado en ejercicio Jorge Alexander Utrera Serrano, ya identificado, y solicitó el derecho de palabra, concedido como le fue expuso: ”Con el fin de llegar a un arreglo amistoso en la cancelación de la suma demandada, propongo el siguiente convenio de pago, en los siguientes términos: a) Para el día de hoy, a las 5:45 p.m. me comprometo en cancelar la cantidad de Veinte Mil Bolívares, (Bs.20.000,00) los cuales serán cancelados en Cheque de gerencia o en depósito en efectivo en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes signadas con el N° 0112-0114-450007043620 del Banco de Venezuela, y/o en cuenta corriente N° 01340220512203030633 de Banesco a nombre de Inversora Participar, S.A. b) El saldo restante, es decir, la cantidad de Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Ocho Bolívares con 48 céntimos (Bs. 39.408,48); será cancelado en tres (03) cuotas pagaderas de la siguiente manera: El día 14-02-2011; el día 07-03-2011 y el día 28-03-2011 cada una por un monto de Trece Mil Ciento Treinta y Seis Bolívares con 16 céntimos, (Bs. 13.136,16); es todo” En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Acepto en nombre de mi representada el pago ofrecido en los términos expuestos, con la observación de los tres (03) últimos pagos ofrecidos se efectúen en depósito en cualquiera de las dos cuentas señaladas anteriormente a nombre de mi representada. Asimismo solicito a este Tribunal sea remitida la presente comisión en caso de incumplimiento de lo aquí pautado, reservándome el derecho de solicitar nuevo día y hora para el Traslado de este Tribunal en caso de incumplimiento del primer pago, a tal efecto me comprometo a informar a este Tribunal mediante diligencia de tal circunstancia, es todo”. El Tribunal visto el convenio efectuado entre las partes acuerda Suspender la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo en el día de hoy. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 01:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado vale todo.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,


ABG. ALEXANDER ALVAREZ CARVALLO.

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
EL PERITO AVALUADOR,

JAIME ANTONIO NARANJO


EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
JOSÉ ALEXIS D´YONGH SOSA
LA NOTIFICADA,

THAMARA CAROLINA QUIROZ RIOS



LOS CO-DEMANDADOS,

ANA DOLI ZAMBRANO DE PINEDA

OMAR ENRIQUE GÓMEZ MORA

EL ABOGADO ASISTENTE,

JORGE ALEXANDER UTRERA SERRANO


LA SECRETARIA,

HAYDEÉ SOCORRO MORENO