REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N° 1305-11-1074

DEMANDANTE: María Alejandra García Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.501.330, con el carácter de madre de los Adolescentes Jhonny Alejandro y Jhondy Alberto Gamez García.

DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Jhon Alberto Gamez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.632.150, con el carácter de padre de los Adolescentes Jhonny Alejandro y Jhondy Alberto Gamez García.

DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1305-11

Fecha de Entrada: 31 de Enero del 2011.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 26 de Enero de 2011, se recibió oficio Nro. 033, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos MARIA ALEJANDRA GARCIA SANCHEZ y JHON ALBERTO GAMEZ, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (10) vuelto que dice lo siguiente: “Ambas partes están de acuerdo en que el obligado JHON ALBERTO GAMEZ aportara quincenalmente lo correspondiente a la Obligación de manutención para sus hijos los hermanos GAMEZ GARCIA y aportara la cantidad de DOSCIENTOS CIENCUENTA BOLIVARES (Bs. 250) quincenales, a través de un recibo de pago”
En fecha 31 de Enero de 2011, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos MARIA ALEJANDRA GARCIA SANCHEZ y JHON ALBERTO GAMEZ.
En fecha 31 de Enero de 2011, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes MARIA ALEJANDRA GARCIA SANCHEZ y JHON ALBERTO GAMEZ. inserta en el folio (f. 10 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los treinta y un días del mes de Enero del dos mil once. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.


LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PEREZ