JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinte (20) de enero de dos mil once.

AÑOS: 200° y 151°

Vista el desistimiento al procedimiento, presentado por el abogado en ejercicio ABELARDO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 12.229.658, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.441, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano TEODORO URIBE FONSECA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.063.073, en tal virtud, procede esta operadora de justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De igual manera conforme a lo peticionado por el diligenciante, se ordena hacer entrega de la Letra de Cambio objeto de la pretensión, la cual se encuentra resguardada en la caja de la seguridad del Tribunal. Asimismo expídase copia certificada del instrumento público inserto del folio 11 al 14, de la diligencia aquí proveída y del presente auto. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano Alguacil de este Tribunal, ciudadano LUIS ORLANDO VEGAS, titular de la cédula de identidad N° V- 13.035.608. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, una vez cumplido con lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “2125” en el “Libro de Registro de Sentencias”.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario



DarcyS.
Expediente N° 12.704-10.