GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, TREINTA Y UNO DE ENERO DEL DOS MIL ONCE.

200º y 151º
Revisadas las actas procesales se observa:
• En fecha 22 de noviembre de 2010, tuvo lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, en la presente causa.
• A partir del día siguiente o sea el 23 de noviembre de 2010, empezó a computarse lo 45 días de continuos para la celebración del SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, los cuales finalizaron el día 20 de Enero de 2011.
• Así mismo se observa que el día 21 de enero de 2011, no hubo Despacho en este Juzgado, por lo cual le corresponde celebrarse el primer día de Despacho siguiente.
• Por lo que el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, debió entonces celebrarse el día 26 de Enero 2011.
Por cuanto se observa que no compareció ninguna de las partes al SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, se declara EXTINGUIDO EL PROCESO y ordena el archivo del expediente.

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR

IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
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