REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1447-11-1278

DEMANDANTE: Diana Carolina Gelvez Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.519.786, con el carácter de madre de la niña Norkis Gabriela Arias Gelvez.

DIRECCIÓN: La Pedrera Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: Franklin Jesús Arias Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.856.253, con el carácter de padre de la niña Norkis Gabriela Arias Gelvez.

DIRECCIÓN: Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1447-11

Fecha de Entrada: 16 de Noviembre de 2011.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 15 de Noviembre de 2011, se recibió solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: DIANA CAROLINA GELVEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.519.786, a favor de la niña NORKIS GABRIELA ARIAS GELVEZ, contra el ciudadano FRANKLIN JESUS ARIAS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.856.253.
En fecha 15 de Noviembre de 2011, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la citación del ciudadano FRANKLIN JESUS ARIAS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.856.253, residenciado en la Pedrera Municipio Libertador del Estado Táchira, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación a las diez (10:00) de la mañana, a fin de celebrar el acto conciliatorio entre las partes y en caso no lograrse para que de contestación a la demanda por cumplimiento de la obligación de Manutención.
En fecha 16 de Noviembre de 2011, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 16 de Noviembre de 2011, se libro oficio al presidente del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Libertador del Estado Táchira, solicitando la practica de un Estudio Socio-económico al obligado ciudadano: FRANKLIN JESUS ARIAS DELGADO.
En fecha 01 de Diciembre de 2011, mediante diligencia consigna el Alguacil la Boleta de citación librada al obligado ciudadano: FRANKLIN JESUS DELGADO, quien fuera recibida y firmada por su persona.
En fecha 01 de Diciembre de 2011, comparecen voluntariamente ante este Juzgado la ciudadana DIANA CAROLINA GELVEZ MARQUEZ parte demandante y el ciudadano: FRANKLIN JESUS ARIAS DELGADO parte demandada con el fin de celebrar acto conciliatorio sobre la Fijación de la Obligación de Manutención, previa entrevista con la Jueza, se le concedió el derecho de palabra al demandado quien expuso: “Ofrezco como Fijación de la Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) mensuales y para el mes de Diciembre me comprometo a cubrir la totalidad de los gastos de fin de año, más el 50% de los gastos médicos y de medicinas, así mismo me comprometo a depositarlos los 5 primero días de cada mes en la cuenta de ahorros aperturada por este Tribunal para tal fin”. Estando presente la demandante la ciudadana DIANA CAROLINA GELVEZ MARQUEZ se le concedió el derecho de palabra quien expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mi hija en todas y cada una de sus partes”

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto el convenimiento suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 01 de Diciembre de 2011, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda librar oficio a la Entidad Bancaria del Bicentenario, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana DIANA CAROLINA GELVEZ MARQUEZ para el depósito de la obligación de manutención.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los cinco días del mes de Diciembre del dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza.


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.


ABG. LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ