REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 19 de DICIEMBRE del dos mil once.
201° y 151°

Presentado personalmente por sus firmantes constante de (08) folios útiles, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada en el Libro respectivo y el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges THAILYN JOHANNA LATORRE GUTIERREZ Y MANUEL ANTONIO MORENO DURAN, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.567.520 y V-10.161,112, de este domicilio, y hábiles, asistidos por el(a) abogado(a) JACKSON ARENAS, inscrito(a)s en el Inpreabogado bajo el No. 115.981, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación de cuerpos y de bienes. EXPÍDASE LAS FOTOCOPIAS CERTIFICADAS SOLICITADAS. SE INSTA A LA PARTE A CONSIGNAR LAS RESPECTIVAS FOTOCOPIAS A LOS FINES DE SU CERTIFICACION. LA JUEZ FDO. ABG. LUISA MEDINA. LA SECRETARIA FDO. ABG. ANNY ORTIZ.ESTA EL SELLO DEL TRIBUNAL. La suscrita, Secretaria del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente 5416-2011 de SEPARACION DE CUERPOS, llevado por este Tribunal. TARIBA, 19-12-2011.
LA SECRETARIA,
GR ABG. ANNY ORTIZ