JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce de diciembre de dos mil once.
201º y 152º
Por cuanto en la presente solicitud, ya se le escuchó declaración Jurada a los Testigos GRACIELA COROMOTO FLORES DE RODRÍGUEZ y CARIBAY CAMBOYA RODRÍGUEZ FLORES, presentados por RUTH CAROLINA RIVERO ROA, e identificadas en autos, y en su escrito de fecha 07/12/11, se expone que la ciudadana CARMEN DELFINA RIVEROS BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-175.005, fallecida el día 28 de febrero de 2011, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 376, levantada en fecha 12/04/2011, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: 1) Partidas de Nacimiento Nos. 67 – Año 1.921, 90 – Año 1925, 198 – Año 1929, 126 – Año 1934, 215, – Año 1.943, 91 – Año 1.944, 192 – Año 1.923, 138 – Año 1.937, 219 – Año 1.963, 131 – Año 1964, 219 – Año 1.973, 1604 – Año 1.976, 271 – Año 1.976. 2) Copias Fotostáticas de las cédulas de identidad. 3) Acta de Defunción Nos. 37 – Año 2008, 40 – Año 2000, 12 – Año 2000. 4) Solvencia de Sucesión de la ciudadana MERY LILIETA RIVEROS BARRETO, de fecha 07/10/2010. Donde se evidencia que los ciudadanos GONZALO JOSÉ RIVEROS BARRETO, ELIO CONRADO RIVEROS BARRETO, EDGAR DE JESÚS RIVEROS BARRETO, HEDY MERCEDES RIVEROS BARRETO, MARÍA BEATRIZ OSANA RIVEROS DE MORALES, LIDA LEONOR DURÁN RIVERO, ROCIO CARMEN JOSEFINA RIVERO ROA, REINALDO ENRIQUE RIVERO ROA, RUTH CAROLINA RIVERO ROA Y RAQUEL BEATRIZ RIVERO ROA, son los únicos y universales herederos de la fallecida CARMEN DELFINA RIVEROS BARRETO. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a GONZALO JOSÉ RIVEROS BARRETO, ELIO CONRADO RIVEROS BARRETO, EDGAR DE JESÚS RIVEROS BARRETO, HEDY MERCEDES RIVEROS BARRETO, MARÍA BEATRIZ OSANA RIVEROS DE MORALES, LIDA LEONOR DURÁN RIVERO, ROCIO CARMEN JOSEFINA RIVERO ROA, REINALDO ENRIQUE RIVERO ROA, RUTH CAROLINA RIVERO ROA Y RAQUEL BEATRIZ RIVERO ROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-158.151, V-181.976, V-1.554.544, V-3.075.874, V-3.763.018, V-12.776.807, V-5.667.519, V-5.687.609, V-10.178.175, V-13.145.691, en su condición de hermanos y sobrinos de la fallecida CARMEN DELFINA RIVEROS BARRETO, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,


Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- S-6986-2011.- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 741
Emily.-