REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





CIRCUTIO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION
DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


EXPEDIENTE Nº: 4471

MOTIVO: INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL

SOLICITANTE: ISAMAR DEL CARMEN MANZANILLA USECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.120.196,

BENEFICIARIO: se omite el nombre del niño según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial, de un (1) año de edad, nacido el 20 de Enero de 2010, en el Seguro Social de Santa Teresa, San Cristóbal, Estado Táchira

Recibido por Distribución en fecha 03 de Marzo de 2011, escrito presentado por la ciudadana YSAMAR DEL CARMEN MANZANILLA USECHE, mediante el cual solicitó se ordene la inscripción en el Registro Civil de Nacimientos del Municipio San Cristóbal y Registro Principal del Estado Táchira, del nacimiento de su hijo se omite el nombre del niño según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial,, a los fines de la expedición de su Partida de Nacimiento. Anexando a la presente: Copia de la Constancia de Nacimiento, y copia de la cédula de identidad.

En fecha 09 de Marzo de 2011, se admite la solicitud y siendo la oportunidad legal para sentenciar, esta juzgadora para a decidir en base a las siguientes consideraciones:

El presente procedimiento se refiere a la solicitud de Inscripción en el Registro Civil, para la obtención de la Partida de Nacimiento de se omite el nombre del niño según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial,, quién nació en el Seguro Social de Santa Teresa, San Cristóbal, Estado Táchira, el 20 de Enero de 2010, a las 10:20 de la mañana; alegando su progenitora ISAMAR DEL CARMEN MANZANILLA USECHE, que aún no estaba inscrito. Constando en las actas procesales Constancia de Nacimiento

Por consiguiente, esta Juzgadora en garantía de los Derechos consagrados en los artículos 16, 17, 18 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, y la Supremacía de los Derechos y las atribuciones conferidas a esta Sala según lo señalado en el artículo 177 Parágrafo quinto Ejusdem, Lo procedente es declarar CON LUGAR la solicitud de Inscripción en el Registro Civil de Nacimientos y ASI SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto esta JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUTIO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSCRIPCIÓN EN LOS LIBROS DE NACIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL, en beneficio del niño se omite el nombre del niño según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial, nacido el 20 de Enero de 2010, en el Hospital del Seguro Social de Santa Teresa, San Cristóbal, Estado Táchira, a las diez y veinte minutos de la mañana (10:20am. En consecuencia, se ordena su inserción en los libros de Registro Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, remitiéndosele copia certificada de la presente decisión a los fines de su inscripción, utilizando el texto ordinario de Partida de Nacimiento establecido en el artículo 448 del Código Civil, tomando los datos que sean necesarios de la constancia de nacimiento y de la presente sentencia .

PUBLIQUESE, REGISTRESE y déjese copia para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal a los veintinueve (29) días del mes de Abril de 2011. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.





Abog. INDIRA MAGALLY RUIZ USECHE
JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA



En la misma fecha se cumplió con lo acordado y se libraron oficios Nos. __3322__ y __3323__

La Sria.











Exp. Nro. 4471
Inscripción en el Registro Civil IMRU/ADC/elizb.-