REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 4113- 11.
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
SOLICITANTE: SANDRA MORENO CHACON.
DEMANDADO: CESAR LUIS MARRIAGA SANCHEZ.


En el día de hoy ocho (08) de agosto de 2011, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, renunciando a los lapsos respectivos establecidos en la boleta de citación., los ciudadanos SANDRA MORENO CHACON, titular de la cedula Nº V.- 17.126.479 y CESAR LUIS MARRIAGA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.380.394, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por Obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano CESAR LUIS MARRIAGA SANCHEZ, quien manifestó: “ofrezco como obligación de manutención la cantidad de un mil bolívares (Bs. 1000°°) mensuales y cuotas extraordinarias para el me de septiembre para la temporada escolar la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800°°) es decir la cantidad de dos mil cuatrocientos bolívares ( Bs. 2400°°), para los tres (3) hijos que estudian actualmente y en el mes de diciembre cuatro mil bolívares ( Bs. 4000°°) es decir un mil bolívares ( Bs. 1000°°) para cada hijo y adicional le comprare el juguete de la temporada. Las cantidades de dinero las depositare en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario” Igualmente informo al Tribunal que tres (3) de mis hijos son cubiertos por el Seguro Horizonte y uno de ellos cubriré el 50% de los gastos médicos y de medicina. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana SANDRA MORENO CHACON, quien manifestó: “Que estoy de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestros hijos y me comprometo a cubrir el otro 50% de los gastos médicos y de medicina que requiera nuestro hijo que no esta incluido en al Póliza de Seguros Horizonte. Solicito que cumpla con responsabilidad y puntualidad Cobn el acuerdo suscrito en el día de hoy. Me comprometo a Informar al Tribunal si incumple en un lapso de dos (2) meses. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de agosto de 2011. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

SANDRA MORENO CHACON ____________________________

CESAR LUIS MARRIAGA SANCHEZ _________________________

EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ