REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, Nueve (09) de Agosto de Dos Mil Once.-

201° y 152°

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana LUCIA LORENA PÉREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-17.528.132, parte demandante donde señala que su domicilio actual es en Barrio Las Flores, calle principal, casa Nro. 2-28, Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a los fines de que se continúe con el presente procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA, al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, conforme a Resolución N° 1278 de fecha 22 de agosto del 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en los Artículo 1 y 2 que señalan: Artículo 1: “Se establece un régimen atributivo de competencia para asuntos alimentarios a los Tribunales Civiles que funcionan en localidades foráneas, donde no existen los Tribunales de Protección del Niño y Adolescente”, Artículo 2….En ausencia de Tribunales de Primera Instancia, será competente de conocer el Juez del respectivo Municipio…. o en su defecto el Juzgado del Municipio foráneo más cercano a la residencia del niño o adolescente”, en consecuencia una vez cumplido el lapso establecido en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la remisión del expediente al Juzgado antes señalado. La Juez fdo. Luisa Medina. La Secretaria Fdo. Abg. Anny Ortiz. Esta el sello del Tribunal. La suscrita Secretaria del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente Nro. 4255-2007 en el cual Lucía Lorena Pérez Zambrano demanda a Franklin Javier Vargas Orozco por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Táriba, Nueve (09) de Agosto de 2011.-
LA SECRETARIA,

ABG. ANNY ORTIZ