REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

201° y 152°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 28/08/2011, suscrita por el abogado LUIS ORLANDO NIÑO CHACON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.921, quien actúa con el carácter de coapoderado judicial de la parte demandada, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadano JOSE IGNACIO ARIAS ORTIZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.208.244, asistido del abogado JOSE RAFAEL ROMAN PERNIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.073, en la que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los diez días del mes de agosto del año dos mil once. (10/08/2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.



Abg.M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL




Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA