REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

EXPEDIENTE N° 3383-09

ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: YULIMAR GUILLEN SUAREZ.

DEMANDADO: LUIS JACKJASSMAN DELGADO MENESES.

En el día de hoy, once (11) de abril de 2011, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos YULIMAR GUILLEN SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 15438.004 y : LUIS JACKJASSMAN DELGADO MENESES , titular de la cédula de identidad Nº 15.437.193, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano LUIS JACKJASSMAN DELGADO MENESES, quien manifestó:“No he tenido aumento en mi salario desde el año 2009 en el cual se fijo la manutención en Bs 400 y las cuotas especiales de Bs 400 cada una y además no tengo otro ingreso económico. Hubo un inconveniente entre mi esposa y la madre del niño y no lo veo desde hace mas de un mes y acudo aquí para solucionar la situación, me comprometo a buscarlo los viernes en la tarde en casa de la madre y retornarlo el domingo al hogar de la madre, comprometiéndome a vigilar el rendimiento escolar del niño y sus actividades escolares. De no poder buscarlo me comprometo avisar a la madre .” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana YULIMAR GUILLEN SUAREZ, quien manifestó: “Nosotros decidimos tener al niño en un colegio y pido se responsabilice el padre. El padre tiene mas de un mes sin buscar el niño, se desentendió de el, no tengo ningún inconveniente en que el padre busque al niño los viernes en mi casa y retornarlo los domingos a mi hogar , siempre y cuando se responsabilice de sus actividades escolares y no lo deje bajo custodia de terceras personas . En cuanto a la orientación y cuidado del niño manifiesta que trabaja en Ureña y se residencia esta en el Tejar . En las mañanas de lunes a viernes permanece el niño al cuidado de sui hermana Orfelina Suarez , el niño es llevado a la escuela acompañado de su prima de 13 años y lo lo busco a la salida del colegio a las seis (6:00 pm) ”. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA


LUIS JACKJASSMAN DELGADO MENESES

YULIMAR GUILLEN SUAREZ

LA SECRETARIA SUPLENTE
ABOG. YSLEY YELITZA GALVIZ PINILLA