JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, doce (12) de abril de 2011.
AÑOS: 200° y 152°

Vista la diligencia presentada en fecha 07/04/2011, por la parte actora, ciudadano ARTURO FEDERICO MORALES ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.235, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JULIO RIVAS PRIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.037.308, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.972, mediante la cual solicita se le haga entrega de los originales de la letra de cambio y cheque, que corren insertos al folio tres (3) del expediente, y por cuanto la misma equivale a un desistimiento del procedimiento, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en tal virtud archívese el expediente y déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.



ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL


ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las diez de la mañana (10:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 2.324; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

Frank V.
Expediente N° 12. 383-09