JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, once Abril de dos mil once.

200º y 152º

Vista la diligencia de fecha 08 de abril de 2011, suscrita por la abogada DILIMARA PERNÍA CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.017, Defensora Pública Suplente N° 1 en materia Agraria, asistiendo al demandado ciudadano TULIO ENRIQUE RODRÍGUEZ ORDOÑEZ, colombiano residente, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 82.162.246, domiciliado en la avenida principal de las Vegas de Táriba, Urbanización La Toreña, casa N° 10; y el abogado MARIO BADILLO GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.513, apoderado judicial del demandante JESÚS MANUEL ZAMORA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, residenciado en Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, mediante la cual consignan Acta de Transacción realizada por las partes en el despacho Agrario N° 1 de la Defensa Pública del Estado Táchira, en los siguientes términos:

“..conviene el demandado en entregar al demandante la cantidad de diez (10) cerdos mensuales a partir del mes de abril de 2011, pudiendo aumentar esta cifra previo acuerdo verbal entre ambas partes y hasta completar la cantidad de veinte mil kilos (20.000 kgs) con lo cual quedaría cancelada en su totalidad la deuda que aparece en la demanda incoada en la referida causa agraria; igualmente los honorarios profesionales de abogado apoderado demandante serán cancelados por este último, asimismo, el demandado Autoriza al encargado del a Finca EL LUCERO, ubicada en el sector Jabillo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira ciudadano José Pernía, titular de la cédula de identidad N° 15.858.067, para la entrega conforme de los mencionados diez (10) porcinos y la cantidad de kilos señalados anteriormente y el demandante autorizara por escrito a la persona que retirara los diez (10) porcinos mensuales de la Finca EL LUCERO.
…finalmente solicitamos respetuosamente al Tribunal la HOMOLOGACIÓN de la presente Transacción de conformidad con la Ley.”

En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA por el ciudadano TULIO ENRIQUE RODRÍGUEZ, anteriormente identificado, en su carácter de parte demandada, por una parte; y por la otra parte el ciudadano JESÚS MANUEL ZAMORA, arriba identificado, parte demandante, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 194 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Tierras y Desarrollo Agrario y en concordancia con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. No Se da por terminada la presente causa, ni se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento total de la referida transacción. Cúmplase.

LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,


ABOG. NELITZA N. CASIQUE MORA