REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
201° Y 152°

En fecha 26/11/2010, este Tribunal publicó sentencia definitiva en el presente expediente contentivo del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el ciudadano ALIRIO ALFONSO PINO SANGUINO, propietario del fondo de comercio PINO LICORERIA, en contra de la República Bolivariana de Venezuela y a razón de que se pudo constatar que por error involuntario en el dispositivo de la sentencia en su numeral 2 se confirmó la planilla de liquidación N° 051001225002488 de fecha 16/12/2009 con aplicación de 25 unidades tributarias, siendo lo correcto ordenar; 1. Anular la mencionada planilla y 2. La emisión de una nueva planilla por la cantidad de 12,5 UT., tal como se indicó en la motiva de la sentencia al folio 19, por tal razón este Tribunal de conformidad con las potestades que le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y en atención al artículo 206 ejusdem, y con fundamento en los autos de corrección emitidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: “Sentencia N° 2717 de fecha 14/10/2003, acción de amparo, caso: Protinal del Zulia C.A. contra: Instituto Agrario Nacional, Delegación Zulia. Y Sentencia N° 2787 de 06/12/2004, acción de amparo, caso: Leída Mercedes Albornoz Peña.”, procede a la corrección del error material que se apuntó por ser de naturaleza formal. Así se decide.
DECISIÓN
En los términos antes expuestos, esta Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región los Andes, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, CORRIGE el error material en que incurrió en el fallo de fecha 26 de noviembre de 2010, señalando: Se anula la planilla de liquidación N° 051001225002488 de fecha 16/12/2009 de 25 UT y la planilla de liquidación N° 051001242000164 de fecha 15/04/2011 por concepto de ajuste, en consecuencia, se ordena y se oficia a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes a los fines de emitir nueva planilla de liquidación por concepto de multa en materia del Impuesto al Valor Agregado, periodo 01/06/2009 hasta 30/06/2009 por la cantidad de 12,5 UT y su respectiva planilla de ajuste al valor de la Unidad Tributaria a la fecha de la consignación del cheque por parte del contribuyente, es decir, Bs. 65,00.
Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia dictada por este Tribunal de fecha 26/11/2010.
NOTIFÍQUESE, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los 26 días del mes de Abril de Dos Mil Once (2011). 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

ANA BEATRIZ CALDERON SANCHEZ
JUEZ TITULAR
ANA MARIA ROA SIERRA
LA SECRETARIA






Exp N° 2175
ABCS/Yorley