REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, JUEVES DE 30 SEPTIEMBRE DE 2010
200 y 151
Expediente N° SP01-L-2009-000617 (Calificación de Falta, Reenganche y Pago de Salarios Caídos)

En el día de hoy, jueves treinta (30) de septiembre de 2010, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora fijada para la prolongación de la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el asunto N° SP01-L-2009-000617 que por calificación de falta, reenganche y pago de salarios caídos, sigue la ciudadana MARIBEL COLMENARES SILVA en contra de la Sociedad Mercantil BANFOANDES BANCO UNIVERSAL C.A. El ciudadano Juez que preside este Tribunal declara abierta la Audiencia de Juicio, solicitando a la Secretaria que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, la Secretaria a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la presencia de la MARIBEL COLMENARES SILVA, identificada con la cédula de identidad N° V- 11.972.069, acompañada de su coapoderado judicial Abogado JAVIER ANTONIO ROSARIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.905. Se encuentra presente igualmente el apoderado judicial de la parte accionada Abogado MIGUEL GERARDO BECERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 38.644. En este estado manifestó el coapoderado judicial de la parte accionada que persiste en el despido consignado el monto total de lo adeudado a la trabajadora, consistente en la cantidad de CIENTO DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 118.250,54), de los cuales la cantidad de Bs. 71.330,06 corresponde al pago de prestaciones sociales y la cantidad de Bs. 46.920,48 corresponde al pago de salarios caídos. Dicha cantidad de dinero es cancelada en este acto mediante cheques de gerencia Nos. 00021381 y 00023235 que se anexan a la presente Acta en copia simple. Manifestando la trabajadora su acuerdo con el pago de la referida cantidad de dinero. Este Tribunal en vista que el acuerdo logrado no vulnera normas de orden público ni los derechos de la trabajadora HOMOLOGA EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES, le da carácter de cosa juzgada y ordena la remisión del expediente al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido de la presente decisión. Se deja constancia que la presente Audiencia de Juicio se reprodujo en forma Audiovisual, por un Técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo.
EL JUEZ,


ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G.

LA DEMANDANTE

COPODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE

COAPODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,

ABOG. MARTHA ISABEL MUÑOZ


SP01-L-2009-000617