REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 19 de septiembre del 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-002125
ASUNTO : SP11-P-2010-002125
RESOLUCION
Visto el escrito presentado por el Abg. HENRY ALEXANDER FLORES RONDON, Fiscal25 del Ministerio Público de Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figura como imputado POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 10 de Enero del 2009 ocurrieron los hechos tal como se evidencia de las actas suscritas por funcionarios adscrito al Destacamento de Frontera n° 11 que en el patio de la Aduana Principal se encuentra un vehículo oficial, que había sido colisionado por un vehículo marca Ford, en momento que el conductor del vehículo trataba de evadir el control practicado por funcionarios militares sobre la mercancía que transportaba( rubro agrícola tomate) dándose a la fuga a territorio colombiano el conductor. Como consecuencia de las actas se dio inicio a la presente investigación.
Corre agregado las siguientes diligencias:
• Acta de investigación penal
• Dictamen pericial
• Experticia de vehículo y de Certificado de Registro de vehículo
Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa NO se evidencia la existencia de serios elementos de interés criminalisticos que sirvan para presentar el acto conclusivo y tomando en consideración por el tiempo transcurrido desde la fecha en que sucedieron los hechos que no hay la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer el grado de participación y la identidad de determinada persona en los hechos antes narrados, este Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figura como imputado POR IDENTIFICAR, en perjuicio de QUINTERO CAÑAS ENDER AMADO, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
Abg . ESTEBAN RAMON QUINTERO
Juez de Control Nº 01
Abg.
EL SECRETARIO
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