AUNTO: 8C 9770-08

Se celebró audiencia de presentación, en razón de la orden de aprehensión emitida por este Tribunal a JESUS ALBERTO BUITRAGO, venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal, estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° 9.240.169, nacido en fecha 24-12-1963, de 46 años de edad, soltero, residenciado en Sabaneta, carretera vieja, casa s/n, frente a la chivera San Miguel, estado Táchira; a quien se le imputa el delito de POSESIÓN DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; a tal efecto el tribunal para decidir considera:

En fecha 14 de julio de 2009, este Tribunal decretó a JESUS ALBERTO BUITRAGO, la suspensión condicional del proceso imponiéndose como condiciones: 1.- Presentarse cada treinta días ante la oficina de alguacilazgo; 2.- No incurrir en hechos de ninguna naturaleza; 3.- Presentar constancia de residencia; 4.- Someterse a tratamiento de rehabilitación.

En la audiencia celebrada en esta misma fecha, luego de imponerse al imputado JESUS ALBERTO BUITRAGO del precepto constitucional y de las razones por las cuales se ordenó la aprehensión señaló: “Yo no se porque me detuvieron, es todo”.

Ahora bien, en razón de la petición del Ministerio Público quien solicitó al Tribunal se decrete una medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, y que la aprehensión se efectuó porque no se dejó sin efecto las ordenes de aprehensión; este Tribunal acuerda la libertad del imputado. Igualmente se fija la audiencia de verificación de cumplimiento de condiciones para el 11-10-2010 a las 8:30 a.m; y así se decide.

DISPOSITIVO

Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 08 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:

Primero: Ordena la inmediata libertad del imputado de autos JESUS ALBERTO BUITRAGO, a quien se le imputa el delito de POSESIÓN DE ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Segundo: Se ordena dejar sin efecto las órdenes de captura.
Tercero: Fija la celebración de la audiencia de verificación de cumplimiento de condiciones para el día 11 de octubre de 2010 a las 8:30 de la mañana.
Déjese copia para el archivo del Tribunal.


EL JUEZ,




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ OCTAVO EN FUNCIONES DE CONTROL





ABG. DARCY ORTIZ MACEA
SECRETARIA



8C-9770-08