JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintinueve de septiembre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 6605 instaurado por el abogado HORST ALEJANDRO FERRERO KELLERHOFF, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8907, en su carácter de endosatario en procuración, contra PEDRO ALEXANDER PEREZ MORALES, titular de la cédula de identidad N° V-9.225.012, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 20 de septiembre de 2010, suscrita por el abogado actor, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por ello solicita se de por terminado el juicio y se archive el expediente, se levante la medida y se desglose el documento fundamental de la demanda; por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Levantar la medida decretada el 23 de marzo de 2010.
 Participar lo conducente al Registrador Subalterno del Municipio Cárdenas del Estado Táchira.
 Dejar sin efecto el oficio N° 5790-547 de fecha 23-3-2010, emanado al referido Registro
 Entregar a la parte interesada la letra de cambio que se encuentra en la caja de seguridad del Tribunal.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° ___ oficio N° 1379
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