REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
200° y 151°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 04/08/2010, suscrita por el abogado CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.291, quien actúa con el carácter de coapoderado judicial la parte demandante, por una parte y por la otra la parte demandada, ciudadano MIGUEL ANGEL MORFFE PERAZA, titular de la cédula de identidad N° V-8.997.171, en la que la parte demandada expone su voluntad de CONVENIR en la presente demanda lo cual fue aceptado por el representante legal de la parte demandante, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil diez. (23/09/2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.




Abg. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL

Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:17 a.m., quedando registrada bajo el N° 445 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. MARIA ESPERANZA VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA