ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSÉ MAXIMILIANO RINCÓN GAMBOA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionados en el artículo 17 de la Ley Sobre Violencia Contra La Mujer y la Familia, en perjuicio de la Sandra Patricia Sanguino Ayala, de conformidad con lo dispuesto en el 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Con la lectura de la presente acta quedaron notificadas las partes. Regístrese y déjese copia de la decisión para el archivo del Tribunal, vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial.