REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

San Cristóbal, 01 de octubre de 2010
200° y 151°

CAUSA PENAL 4C-9522-05

REF. AUTO QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la fiscal tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ABG. REINA ELIZABETH ZAMBRANO PEREZ Y RAIZA RAMIREZ PINO, de la causa signada con el número 4C-9522-05, mediante la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de WALTER YOVANNY GOMEZ CACERES, DISSON JONATHAN GOMEZ CACERES, EDUARDO MARIO GOMEZ CACERES, JEAN CARLO OMEZ CACERES, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º y 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal y 48 ordinal 8º de la Ley Orgánica del Ministerio Publico. Este Tribunal para decidir observa:

De la revisión efectuada a todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia que el hecho que dio origen a la presente averiguación, en fecha 02/11/2003 funcionarios adscritos a la entonces dirección de seguridad y orden publico de este estado ahora politachira, reciben denuncia al ciudadano TEOFILO EDUARDO ROSALES CASTRO, quien indico entre otras cosas que en fecha 01 de noviembre del mismo año fue victima de agresiones físicas por parte de los ciudadanos WALTER YOVANNY GOMEZ CACERES, DISSON JONATHAN GOMEZ CACERES, EDUARDO MARIO GOMEZ CACERES, JEAN CARLO OMEZ CACERES, lo cual ocurrió aproximadamente a las 12:00 de la medianoche cuando iba llegando a su casa en su camión y se detuvo a conversar con su chofer de nombre JONNY MEDINA, donde cuando estos se le vinieron uno de estos lo golpeo con una botella por la cabeza, luego se metieron unas vecinas del sector de nombres DEYCI CABALLERO Y DARCY CABALLERO, para evitar que continuaran agrediéndolo donde tuvieron que salir corriendo hacia las casas contiguas para resguardarse hasta que llegara la policia, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES Hecho Ocurrido En Fecha: 02-11-2003, de lo cual se observa que hasta la fecha de la presentación de la referida solicitud, a saber 01-10-2010 ha transcurrido un tiempo de SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal y articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASI SE DECIDE.-
Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:

UNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de WALTER YOVANNY GOMEZ CACERES, DISSON JONATHAN GOMEZ CACERES, EDUARDO MARIO GOMEZ CACERES, JEAN CARLO OMEZ CACERES por el delito LESIONES PERSONALES LEVES, en perjuicio de TEOFILO EDUARDO ROSALES CASTRO todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal y articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7° Ejusdem. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-






ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ CUARTO DE CONTROL










SECRETARIA: ABG. ELIANA FERNANDEZ

Causa Penal: 4C-9522-05
Inv. Fiscal: 20-F3-1307-03