REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, jueves veintiuno de octubre de dos mil diez, siendo las 09:30 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSÉ GERSON LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.171, quien actúa con el carácter acreditado en autos, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Barrancas parte alta, cruce con calle Los Cocos, N°. C-40, al lado de La Panificadora Esmeralda Mía, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por DESALOJO DE INMUEBLE sigue el DEMANDANTE ciudadano ROSALES GARCIA MARCO ANTONIO CONTRA el demandado MOLINA JOSÉ DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad N° V.-9.226.637, en el expediente Nº 4.594-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión comisionada por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutora de Medidas que la parte demandada desocupó el presente inmueble el día de ayer miércoles 20 de octubre de 2010, en horas de la mañana, en tal virtud solicito a este Tribunal proceda en este acto a la entrega formal del mismo, para lo cual hago entrega de las respectivas llaves, es todo”. En este acto el Tribunal visto lo expuesto por la parte actora procedió a ingresar al inmueble, el cual se encuentra libre de personas, bienes y cosas. Seguidamente el Tribunal procede hacer entrega formal del presente inmueble, al abogado en ejercicio JOSÉ GERSON LEAL, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:30 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.



LA JUEZA TITULAR,




ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.





LA PARTE ACTORA,



ABG. JOSÉ GERSON LEAL
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MAYCELYTH DESIREÉ ECHEZURÍA RODRÍGUEZ