REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, jueves catorce de octubre de dos mil diez, siendo las 02:00 p.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio MAURICIO BERNAL ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.406, quien actúa con el carácter acreditado en autos, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Conjunto Residencial Quinimarí (primera etapa), apartamento distinguido con el N° 2-A, planta baja del edificio 11-A, Parroquia Pedro María Morante, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL sigue el DEMANDANTE ciudadano RAFAEL EDECIO ZAMBRANO GUERRERO titular de la cédula de identidad N° V-1.551.627 CONTRA la demandada LENIS COROMOTO GÓMEZ ARAQUE, titular de la cedula de identidad N° V.-4.489.779, en el expediente Nº 12.459-10 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión decretada por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutora de Medidas que la parte demandada desocupó el presente inmueble el día de ayer miércoles 13 de octubre de 2.010, en horas de la tarde, en tal virtud solicito a este Tribunal proceda en este acto a la entrega formal del mismo, para lo cual hago entrega de las respectivas llaves, es todo”. En este acto el Tribunal visto lo expuesto por la parte actora procedió a ingresar al inmueble, el cual se encuentra libre de personas, bienes y cosas, observándose en mal estado, conservación, mantenimiento y pintura. Seguidamente el Tribunal procede hacer entrega formal del presente inmueble, al abogado en ejercicio MAURICIO BERNAL ALVAREZ, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 02:30 p. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.



LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.



LA PARTE ACTORA,


ABG. MAURICIO BERNAL ALVAREZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MAYCELYTH DESIREÉ ECHEZURÍA RODRÍGUEZ