REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3789-10
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: ANA ALEJANDRA NIETO ROJAS.
DEMANDADO: DAIRON GEOVANNY JAIMES FERNANDEZ.

En el día de hoy, siete (07) de octubre de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos ANA ALEJANDRA NIETO ROJAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.862.5 60 y DAIRON GEOVANNY JAIMES FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.881.087, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por Obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano DAIRON GEOVANNY JAIMES FERNANDEZ, quien manifestó “Que ofrece como obligación de manutención la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500°°) y cuota para el mes de diciembre en la cantidad de un mil bolívares (Bs. 1000°°), cantidades que me comprometo a depositar en una cuenta que solicito al Tribunal aperturar en Bicentenario”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ANA ALEJANDRA NIETO ROJAS, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestra hija y solicito al Tribunal aperturar una cuenta de ahorros.”. Es todo.En este estado el Tribunal acuerda oficiar a la entidad Bicentenario apara ordenar la apertura de una cuenta de ahorros. En cuanto al Régimen de visitas el Tribunal insta a las partes a ponerse de acuerdo amistosamente, en beneficio y bienestar del su hija. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de octubre de 2010. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

ANA ALEJANDRA NIETO ROJAS

DAIRON GEOVANNY JAIMES FERNANDEZ

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ