REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3158-08
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
OFERENTE: TULIO ERNESTO CONTRERAS RIVAS.
OFERIDA: JACKELINE ENET DELGADO.

En el día de hoy, primero (01) de octubre de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos TULIO ERNESTO CONTRERAS RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.142.463 y JACKELINE ENET DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.037.893, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por Revisión de Obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano TULIO ERNESTO CONTRERAS RIVAS, quien manifestó: “Ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs. 450°°) y cuotas extraordinarias para los meses de septiembre y diciembre en la cantidad de novecientos bolívares (Bs. 900°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en Bicentenario”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana JACKELINE ENET DELGADO, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo ofrecido por el ciudadano Tulio Ernesto Contreras Rivas” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. EL presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de octubre de 2010. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

TULIO ERNESTO CONTRERAS RIVAS

JACKELINE ENET DELGADO

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ