JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, ocho de octubre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 6348, instaurado por el abogado OSMAN J. PEREZ NIÑO, en su carácter de apoderada judicial del Banco Bicentenario, Banco Universal, C.A., contra MARIA YAJAIRA MATUTE RANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-4.262.532, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio; y vista la diligencia de fecha 28 de septiembre de 2010, suscrita por el abogado Osman Pérez Niño, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por ello solicita el desglose del documento fundamental de la demanda, se levante la medida, de por terminado el juicio, así mismo consigna constancia del Banco Bicentenario.
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 El Desglose del documento fundamental de esta demanda y dejar en su lugar copia fotostática certificada (fs. 16).
 Levantar la medida decretada el 07-12-2009.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu