JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, cuatro de octubre de dos mil diez.
200º y 151º

En el presente juicio N° 6130, instaurado por el abogado JOSE ELIAS DURAN TOLOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.141, en su carácter de apoderado judicial de BANCO SOFITASA BANCO UNIVERSAL, C.A., contra SOLANGE DEL CARMEN GIRON DE DUSKOW, titular de la cédula de identidad N° V-4.777.820, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y visto el escrito de fecha 23 de septiembre de 2010, presentado por el abogado José Elías Duran Toloza, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante y facultado según autorización que consigna a los autos, donde manifiesta que la parte demandada canceló la obligación contraída, por ello solicita se levante la medida decretada; por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada el 13 de octubre de 2009.
 Participar lo conducente al Registrador Subalterno del Distrito Municipal Caroní, Estado Bolívar.
 Dejar sin efecto el oficio N° 1052.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu