JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce (14) de octubre de dos mil diez.

AÑOS: 200° y 151°

Vista la transacción de fecha 08 de octubre del año en curso, entre la parte demandada, ciudadanas TERESA DE JESUS PEREZ MORA Y MARIA MAYELA PEREZ MORA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.122.131 y V-4.091.260, en su orden, y de este domicilio, asistidas por la abogada en ejercicio CARLA MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.792; por una parte y por la otra, la Sociedad Mercantil “TOUSMODEL C.A.”, de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de enero de 2007, bajo el N° 41, Tomo 1-A; a través de su apoderada judicial, abogada JESSICA DANIELA MARQUEZ MONCADA, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 17.109.802, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 143.448; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto realizado entre las partes, en razón de lo cual, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.


Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal

Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 1.905, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
Lm.
Expediente N° 12.729-10.